La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) definió, mediante el Decreto 2229 de 2023, los plazos para que las personas naturales y sucesiones ilíquidas presenten su declaración de renta del año gravable 2024.

Durante septiembre de 2025 deberán declarar quienes tengan los siguientes dos últimos dígitos en su NIT o número de cédula (sin el dígito de verificación):

1 de septiembre: 27 y 28
2 de septiembre: 29 y 30
3 de septiembre: 31 y 32
4 de septiembre: 33 y 34
5 de septiembre: 35 y 36
8 de septiembre: 37 y 38
9 de septiembre: 39 y 40
10 de septiembre: 41 y 42
11 de septiembre: 43 y 44
12 de septiembre: 45 y 46
15 de septiembre: 47 y 48
16 de septiembre: 49 y 50
17 de septiembre: 51 y 52
18 de septiembre: 53 y 54
19 de septiembre: 55 y 56
22 de septiembre: 57 y 58
23 de septiembre: 59 y 60
24 de septiembre: 61 y 62
25 de septiembre: 63 y 64
26 de septiembre: 65 y 66

Recuerde que estas fechas corresponden al plazo máximo. Presentar la declaración a tiempo evita sanciones e intereses moratorios. Además, no todos los declarantes están obligados a pagar; algunas personas declaran solo como requisito informativo.