La publicación realizada por Noticias El Boom el pasado 12 de julio, titulada “#Urabá: Denuncian a la mano derecha de alcaldesa de Chigorodó por presunto incumplimiento en arriendos”, terminó en los estrados judiciales luego de que Nancy Vega Silva acudiera a la justicia alegando una presunta afectación de sus derechos al buen nombre, la honra y la dignidad humana.
Vega Silva sostuvo ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Chigorodó que la información publicada podía afectar su reputación y solicitó, entre otras medidas, que Noticias El Boom rectificara la información, retirara expresiones del contenido y publicara la rectificación en sus diferentes plataformas digitales.
Sin embargo, después de revisar los argumentos y las pruebas aportadas por ambas partes, el despacho judicial negó la tutela presentada contra Noticias El Boom.
Uno de los aspectos centrales del fallo fue la carga de demostrar que la información publicada era falsa o contraria a la realidad. El juez señaló que la accionante “no logró desmentir los hechos expuestos en la publicación” y que tampoco aportó pruebas que desvirtuaran las denuncias que habían dado origen a la noticia.
Por su parte, Noticias El Boom explicó durante el proceso que la publicación no presentó como una condena o responsabilidad establecida los hechos denunciados, sino que utilizó expresiones como “denuncian” y “presunto incumplimiento”, precisamente para dejar claro que se trataba de señalamientos y no de una decisión judicial o administrativa.
El medio también presentó como sustento de su labor periodística conversaciones de WhatsApp, requerimientos relacionados con el pago de arriendos y entrega de un inmueble, además de información relacionada con servicios públicos. Según quedó consignado en la sentencia, Noticias El Boom sostuvo que estos elementos demostraban que la información difundida no había sido inventada y que existió un proceso de verificación periodística.
El despacho judicial consideró que la información publicada estaba amparada por la libertad de información, al concluir que el medio actuó dentro de los parámetros constitucionales de veracidad, imparcialidad y responsabilidad periodística.
En consecuencia, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Chigorodó negó el amparo constitucional solicitado por Nancy Vega Silva y no ordenó a Noticias El Boom realizar la rectificación solicitada.
La decisión fue emitida el 19 de agosto de 2026 y, según el fallo, puede ser impugnada dentro de los tres días siguientes a su notificación.
Desde Noticias El Boom reiteramos que nuestro compromiso es informar sobre hechos de interés público con responsabilidad periodística, dando a conocer las denuncias y versiones que correspondan, sin atribuir responsabilidades judiciales que no hayan sido determinadas por las autoridades competentes.